«Así está aprobado en Alcañiz», o no

En la pasada Asamblea General uno de los temas tratados fueron las declaraciones de la Alcaldesa en una entrevista en un medio digital: “El Agitador”. La primera parte de la entrevista bastante plana, hasta que llegó el momento de hablar de la gestión, que es lo que realmente interesa a los ciudadanos.  Y es con la primera pregunta de Jesús de un tema serio, el del urbanismo y el de las “torretas”, lo que me lleva a comentar este enlace.

Dice la alcaldesa: «Lo que vamos a hacer es bajar esa exigencia a dos mil quinientos metros cuadrados y en esa superficie autorizar una edificación de sesenta metros cuadrados.  Así está aprobado en Alcañiz, donde tenían el mismo problema.”

Personalmente siempre me ha desagradado el tema recurrente de compararnos con Alcañiz, pero cuando además los datos no son ciertos merecen una aclaración.

Según el Boletin Oficial de la Provincia de Teruel del 18 de junio de 2013, la parcela mínima se establece en 4.000 m2, no en los 2500 de los que habla en la entrevista.

Esto es lo que figuraba en la aprobación inicial del PGOU de Alcañiz del 2009 y lo que tienen en la aprobación definitiva después de pasar los filtros de Urbanismo.

La frase “Así está aprobado en Alcañiz, donde tenían el mismo problema.” da a entender que con esta medida todo está solucionado. Es cierto que con 2500m2 será mayor el número de edificaciones que reúnan este requisito para poder legalizar, pero debemos recordar que hay otras muchas exigencias que hay que cumplir para estar dentro de esa legalidad, ente ellas el uso solo con fines “no residenciales” es decir que no deben tener habitaciones…

La reducción de la parcela mínima a 2500m2 se puede considerar una baja temeraria, por el riesgo que supone la aprobación por la Dirección Provincial de Urbanismo, aunque seremos los primeros en alegrarnos de que esta medida llegue hasta la aprobación definitiva.

Ignacio Gracia
Presidente de AVeViR

Resoluciones a las alegaciones de AVeViR al PGOU de Caspe

El 15 mayo de 2013 AVeViR se reunió, previa invitación por el edil de urbanismo D. Javier Sagarra, con miembros del actual equipo de gobierno y con el equipo redactor del PGOU inicialmente aprobado, encabezado por el Sr. Lorente (arquitecto redactor), para recibir las oportunas explicaciones a las nueve alegaciones presentadas.

Ayer, 29 de mayo, AVeViR celebró una asamblea general para informar a sus asociados acerca de los pormenores de dicha reunión.

A continuación se resumen las conclusiones de las resoluciones (no definitivas pero probables) extraídas de dicha reunión:

ALEGACIÓN: Solicitábamos que se admitiera la agrupación de parcelas diseminadas para obtener la superficie necesaria para la edificabilidad.

RESOLUCIÓN: No se permitirá agrupar parcelas diseminadas para lograr la superficie mínima para la edificabilidad, sin embargo sí se permitirán que las parcelas estén separadas por un camino o acequia. En casos puntuales la corporación podría estudiar la agrupación de parcelas diseminadas si estuvieran dentro del mismo polígono.

ALEGACIÓN: Solicitábamos que no se prohibiera expresamente la conexión a la red existente de agua potable en suelo NO urbano.

RESOLUCIÓN: No se permitirán nuevas conexiones de agua potable, aunque sí se admitirán las existentes. Excepcionalmente la corporación podría aprobar alguna nueva conexión.

ALEGACIÓN: Solicitábamos que la acreditación de agricultor no fuera un requisito para la construcción de edificaciones de hasta 50 metros.

RESOLUCIÓN: Para la construcción de edificaciones de hasta 50 metros cuadrados (quizás pasen a ser 60) no será necesario acreditarse como profesional de la agricultura.

ALEGACIÓN: Solicitábamos que el porcentaje máximo de pavimentación del suelo no edificado de una parcela fuera del 10%.

RESOLUCIÓN: El máximo porcentaje de pavimentación del suelo no edificado de una parcela será del 5%; además, cualquier tipo de porche se considerará pavimentado. El pavimentado con gravillas, macadam, etc, no se considera pavimentado.

ALEGACIÓN: Solicitábamos que hubiera una superficie máxima edificable y proponíamos que dicha superficie fuera del 8% de la parcela.

RESOLUCIÓN: Habrá una superficie máxima edificable, y será del 8%, aunque excepcionalmente la corporación podría aprobar mayores dimensiones para ciertos tipos de explotaciones agropecuarias que lo requieran.

ALEGACIÓN: Solicitábamos que la distancia mínima que debiera haber entre una granja y una vivienda diseminada fuera de 150 metros en vez de 1500 metros que propone el Plan.

RESOLUCION: La distancia mínima que deberá haber entre una granja y una vivienda aislada será de 150 metros.

ALEGACIÓN: Solicitábamos que los almacenes agrícolas pudieran tener una altura máxima de 6 metros en vez de 4 metros que propone el Plan; y que no hubiera una superficie mínima de construcción de 320 metros cuadrados, o en su defecto que fuese de 200 metros cuadrados.

RESOLUCIÓN: Un almacén agrícola tendrá una altura máxima de 6 metros (medidos hasta la cara inferior del alero), y se estudiará la supresión de la superficie mínima o en su defecto que deba tener una superficie mínima de 200 metros cuadrados, coincidente con la superficie máxima (8%) en las parcelas de 2500 metros cuadrados, que es la mínima superficie necesaria para poder construir un almacén agrícola.

ALEGACIÓN: Solicitábamos que se garantizara la protección de la carrasca del camino de la fuente de los chorros.

RESOLUCIÓN: Se garantizará la protección de la carrasca del camino de la fuente de los chorros.

ALEGACIÓN: Solicitábamos que en el PGOU se incluyera la delimitación de una serie de zonas de “hábitat rurales diseminados” comprendidas por las zonas de la huerta tradicional: Ramblar, Sanchuelo, Rimer, Chane, etc, y que de alguna manera no quedasen “fuera de ordenación”.

RESOLUCIÓN: No se incluirá párrafo alguno que sirva para identificar las zonas existentes de «hábitat rurales diseminados».

A pesar de que hemos tenido cinco resoluciones positivas y que en alguna de las resoluciones negativas se aprecian signos positivos, nuestra gran decepción ha sido la resolución de nuestra alegación principal (la última). Aunque éramos conscientes de la dificultad técnica y legal de dar una solución masiva y evitar que nuestra huerta tradicional quedase fuera de ordenación prácticamente de forma general, confiábamos en que políticamente se diese un importante paso que, sin duda, ayudaría a dar soluciones de cara al futuro: la inclusión expresa en el PGOU de la existencia de zonas de “hábitat rural diseminado” en nuestra huerta tradicional.
En la parte positiva, debemos decir que la corporación nos ha trasladado la firme decisión de que no será derribada ninguna de las construcciones afectadas hasta ahora; aunque por otro lado, también nos ha trasladado que desde el mismo momento en que el nuevo PGOU se apruebe definitivamente, la nueva normativa será aplicada de forma tajante.

Nota informativa en formato PDF: https://avevir.files.wordpress.com/2013/05/nota-informativa-29-05-2013.pdf

Convocatoria de Asamblea General Ordinaria

Estimado socio/amigo:

El próximo miércoles día 19 de diciembre de 2012 a las 19:15 horas en primera convocatoria y a las 19:30 horas en segunda convocatoria, en el salón del Hogar del Jubilado “El Plano” se celebrará Asamblea General ordinaria de AVeViR

Orden del Día

  1. Lectura y aprobación acta asamblea anterior
  2. Informe sobre últimas actuaciones municipales.
  3. Estudio y aprobación de próximas actuaciones a realizar.
  4. Evolución de número de socios.
  5. Puesta al cobro cuotas de socio 2012
  6. Ruegos y Preguntas.

 

* Se ruega máxima puntualidad, dado que la reunión comenzará a la hora fijada.

* Los asistentes que quieran abonar la cuota 2012 en metálico, podrán hacerlo ahorrando los  gastos de gestión bancarios a la asociación.

 

  

Secretaría AVeViR.

Esta es la nuestra

Hoy ha intervenido en el programa «Esta es la nuestra» de Aragón Radio Ignacio Gracia (Presidente de AVeVir).

Puedes escuchar la intervención de Ignacio Gracia en Aragón Radio También puedes escuchar el podcast de todo el programa

Alegaciones de AVeVir al PGOU

El día de hoy (2 de marzo de 2012) hemos presentado nuestras alegaciones al PGOU.
Desde este sitio web te facilitamos su descarga para que puedas hacerte partícipe de las mismas.
Este sitio web también se ofrece a toda persona o asociación que quiera publicar sus alegaciones para que todos podamos compartirlas, siempre y cuando sean alegaciones de interés general.

¿Ya tenemos Plan?

Pulsa en la imagen para descargarte el folleto informativo.
¿Ya tenemos plan?

“El esperado”, “el deseado”… ese Plan que tiene que sustituir el viejo Plan de 1989, por fin tras 14 años de gestación (el Avance de este nuevo PGOU se aprobó en 1998) llega a su recta final.
Por un periodo de tres meses lo tenemos a exposición pública para que todos los ciudadanos podamos hacer alegaciones.
Todos nos tenemos que sentir obligados a consultarlo y plantear nuestras objeciones.
La normativa urbanística que regirá nuestro municipio durante los próximos 15 ó 20 años, merece nuestra atención. Son muchos años para lamentarnos por haber perdido esta oportunidad. Nosotros o nuestros hijos estaremos afectados en algún momento de nuestra vida por este Plan. No podemos caer en el absurdo de pensar que esto es solo asunto de los políticos arquitectos y constructores, todos podemos y debemos dar nuestra opinión.
Desde AVeViR queremos que puedas hacer tuyas nuestras alegaciones, proximamente las pondremos a disposicion en nuestra web http://www.avevir.es para que puedas descargarlas, imprimirlas, rellenar con tus datos y presentar en el ayuntamiento. Igualmente estaremos encantados de recoger tus sugerencias.

Queremos cambios en la Ley de Urbanismo de Aragón

En la comunidad andaluza se ha conseguido.

Esto es lo que queremos que se consiga en la comunidad Aragonesa.

Este viernes 27 de enero en la reunión informativa abierta al público, se recogerán firmas para llevar a cabo una Iniciativa Legislativa Popular con el objeto de modificar la actual Ley de Urbanismo de Aragón

Asamblea Informativa (El PGOU de Caspe – tiempo de alegaciones)

El próximo viernes 27 de enero, tras la Asamblea General Ordinaria que se celebrará a la 18:15 de la tarde, tendrá lugar una Asamblea Pública Informativa.

ESTÁS INVITADO

Estás invitado

La Asociación de Vecinos en defensa de la Vivienda Rural  de Caspe  convoca a todos sus asociados a la Asamblea General que tendrá lugar en el salón de actos de la Casa de Cultura el próximo viernes a las seis y cuarto de la tarde.

Seguidamente a las ocho de la tarde se realizara una Asamblea Extraordinaria Informativa, abierta al público en general donde se trataran los siguientes temas:

•    La importancia del periodo de alegaciones del Plan de Urbanismo de Caspe como medio participativo de los ciudadanos en la definición del modelo urbanístico que queremos para nuestra ciudad.   Desde AVeViR  se plantearan los puntos en los que se pretende alegar, para que todo ciudadano interesado pueda hacer suyas nuestras alegaciones. Igualmente se tomaran nota de todas las inquietudes o alegaciones que puedan sugerir por el público asistente.

•    La Coordinadora de Asociaciones de Viviendas Periféricas de Zaragoza a presentado ante las Cortes de Aragón una Iniciativa Legislativa Popular para modificar la actual Ley de Urbanismo de Aragón  (LUA) Esta iniciativa, para seguir su proceso y ser debatida por los parlamentarios, tiene que estar acompañada por un total de 15.000 firmas. Si bien la problemática de las parcelaciones de las zonas periféricas de Zaragoza es distinta a la de las edificaciones tradicionales diseminadas por nuestra huerta, el origen es el mismo: la LUA.  Desde AVeViR colaboramos con la coordinadora en esta recogida de firmas.

Asistirá el abogado de la Coordinadora de Viviendas Periféricas de Zaragoza especializado en temas urbanísticos, explicándonos los procesos de un Plan de Urbanismo, las alegaciones y en que consiste la Iniciativa Legislativa Popular.

Estudiando el PGOU (II)

Art. 79 Protección del paisaje.
1.) Para el desarrollo de la estrategia de puesta en valor del paisaje, inspirada en los criterios adoptados en la Convención Europea del Paisaje (Florencia 2000), se establece el Estudio de impacto paisajístico, bajo los siguientes criterios:
a) Aceptar la coexistencia de las actividades agrarias y el desarrollo urbano en un mismo espacio rural, supeditando éste a las actividades agrarias, para mantener el equilibrio, en el uso del suelo, que precisa un paisaje integrado.
b) Mantener un paisaje de calidad que permita atraer actividades de servicios productivos o de turismo, respetuosas con el uso del suelo y la estética del paisaje, así como la permanencia de las actividades agrarias.
…/…
4.) Requisitos paisajísticos para la edificación
En general, los actos de edificación y uso del suelo procurarán no afectar sensiblemente a las perspectivas de los conjuntos urbanos ni de los parajes pintorescos, debiendo integrarse en el paisaje, en armonía con el medio circundante.
Las construcciones en suelo no urbanizable habrán de ser adecuadas a su situación aislada, e integrarse en el paisaje.
Las nuevas construcciones deberán presentar una integración paisajística suficiente con el entorno, tanto en composición y volúmenes como en materiales, texturas y cromatismo. A fin de conseguir una perfecta integración de las construcciones en su entorno y en el paisaje, los volúmenes, cubiertas, materiales, etc. deberán respetar las características tradicionales en la zona; a tal efecto se establecen las siguientes pautas constructivas:
– La edificación constará de un solo volumen, o de la adición de varios volúmenes sencillos.
– Se exigirá un acabado que no produzca efectos discordantes con el entorno natural y el paisaje pudiendo exigirse el blanqueado o pintado de paramentos visibles (bloque, ladrillo tocho, revocos, etc.).
– En las zonas en que exista arbolado, las edificaciones se proyectarán de forma que este subsista en su totalidad.
– La superficie pavimentada y no edificada (incluso porches), se limita como máximo al 5% de la parcela.
– Cualquier solución que se aparte de estas pautas, comporta la necesidad de su justificación en una memoria, en la que se demuestre además de su necesidad, la correcta integración en el entorno.
Corresponderá al órgano de control urbanístico que haya de otorgar la autorización, la evaluación de dichos aspectos y, en su caso, la exigencia de modificaciones del proyecto, con el fin de adecuarlo al entorno. Dicho órgano podrá valorar propuestas arquitectónicas de especial diseño.

Estudiando el PGOU (I)

TIPOLOGÍAS Y CONDICIONES DE EDIFICACIÓN EN SUELO NO URBANIZABLE:

Casetas:
Parcela mínima: 2.500 m2
Superficie máxima edificable: 15 m2
Altura máxima: PB / 3 m
Retranqueo a linderos: 5,00 m

Almacenes agrícolas:
Parcela mínima (regadío): 2.500 m2
Parcela mínima (secano): 2,5 ha
Superficie mínima edificable: 320 m2
Altura máxima: PB / 4 m
Retranqueo a linderos: 10 m

Otras edificaciones agropecuarias:
Parcela mínima (regadío): 4.000 m2
Parcela mínima (secano): 2,5 ha
Superficie máxima edificable para parcelas hasta 10.000 m2: 50 m2
Superficie máxima edificable para parcelas mayores de 10.000 m2: 0,4 m2/m2
Altura máxima: PB / 4 m
Retranqueo a linderos: 10,00 m
Control ambiental: Sometidas a justificación ambiental (vertidos, etc.)

Vivienda unifamiliar rural adscrita:
Parcela mínima (regadío): 10.000 m2
Parcela mínima (secano): 2,5 ha
Superficie máxima edificable: 0,02 m2/m2 / máximo 250 m2
Altura máxima: PB+1 / 6 m
Retranqueo a linderos: 10,00 m
Control ambiental: Sometidas a justificación ambiental (vertidos, etc.)

Un buen lugar para opinar, y donde se recogen interesantes opiniones e información acerca del PGOU, está en el facebook de Caspe Wiki (este artículo ha sido integramente copiado de Caspe Wiki, con su permiso).